Son los máximos títulos honoríficos que puede conceder la Cofradía. Puede concederse este honor a personas, entidades e instituciones que lleguen a distinguirse por su especial dedicación a la Cofradía; también a Autoridades eclesiásticas o civiles que, en todo momento, hayan puesto de manifiesto su protección y afecto a la Cofradía, la hayan ayudado, de modo extraordinario, con su cariño, estímulo, oraciones y aportaciones económicas.